No,
no me estoy refiriendo al artículo 155 de la constitución tan traído y tan llevado
en estos últimos dos años, no tengo ni pizca de ganas de hablar de lo que se habla
continuamente, de un artículo de la constitución que tratan como si fuera un
arma arrojadiza; me quiero referir al artículo 155 de Código Civil, que dice
literalmente:
Los
hijos deben obedecer a sus padres mientras permanezcan bajo su potestad, y
respetarlos siempre.
Los
hijos deben contribuir equitativamente, según sus posibilidades, al
levantamiento de las cargas de la familia mientras convivan con ella.
Éste
artículo se puede complementar perfectamente con el 154 que habla de los hijos
no emancipados que deben estar bajo la potestad de los padres.
Sería
conveniente, como ha dicho últimamente el ya famoso Juez Calatayud, regalar a
los niños, para la comunión por ejemplo, el artículo 155 del código civil
impreso en letras grandes y enmarcado coherentemente con la decoración de la
habitación del que hace la comunión.
Así
mismo, este mismo artículo se puede aplicar a muchos estratos de nuestra sociedad,
por ejemplo cambiando hijos por cualquier otro miembro.
Parece
mentira que haya que crear un artículo del código civil para que los hijos
cumplan con su deber, para que los hijos traten a sus padres como les gustaría
que les trataran cuando ellos lo sean, para que los hijos sean simplemente
personas normales.
Y
si ya vamos más lejos, me puedo referir al refranero español, ese que tanto nos
puede enseñar en un momento determinado.
No
entiendo como los hijos son menos “sapiens” muchas veces que los mismos perros,
porque un perro jamás muerde a la mano que le da de comer.
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